FBSM
Buques de pasaje
BP

Descripción del certificado
-
Se requerirá la posesión del Certificado de Especialidad de Buques de Pasaje a los Capitanes, Oficiales de Puente y de Máquinas y Marineros o personal con funciones de emergencia y que preste un servicio directo a los pasajeros en los espacios destinados a estos en los buques de pasaje y en los buques de pasaje de transbordo rodado.
-
No será necesario este certificado a la tripulación de los buques de pasaje cuyas rutas en cabotaje nacional se desarrollen dentro de los recintos portuarios o ríos sin salir a la mar.
-
La duración del curso es de 32 horas, de las cuales, 24 horas son de contenido teórico y 8 horas de contenido práctico. El curso es presencial. Sólo se permite falta de asistencia del 10% de la horas teóricas. La parte práctica deberá completarse en su totalidad.
-
El Certificado de Especialidad de Buques de Pasaje tendrá una validez de 5 años y contendrá la fecha de caducidad.
-
Para que el certificado no caduque, es importante realizar la renovación del mismo en cualquier capitanía marítima y antes de la fecha de caducidad. Para renovar el Certificado de Especialidad de Buques de Pasaje es necesario cumplir con alguno de los siguientes requisitos:
-
Tener 3 meses de embarque en el último año del certificado, realizando labores relacionadas con el mismo.
Tener 1 año de embarque en los 5 años del certificado, realizando labores relacionadas con el mismo. -
Una vez caducado el Certificado de Especialidad de Buques de Pasaje, habrá que realizar un Curso de Actualización de 8 horas de duración, sin necesidad de realizar el curso completo de nuevo.
-
El programa se ajusta a la Resolución Oficial de 18 de Junio de 2013 (Enmiendas de Manila 2010), de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que actualizan y modifican los cursos de formación y sus programas, recogidos en la Orden FOM/2296/2002 de 4 de septiembre, en cumplimiento con el Convenio STCW 78/95.
Precio: 240 €
Información de interés
- Este certificado tendrá una validez de 5 años.
- Homologado por la Dirección General de la Marina Mercante (DGMM)
- Regulado por el Convenio Internacional STCW, sobre normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar
- Enlace a la Orden FOM/2296/2002, de 4 de septiembre