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Avanzado en Lucha Contra Incendios

ALCI

AVANZADO EN LUCHA CONTRA INCENDIOS próxi

Descripción del certificado

  • Se requerirá la posesión del Certificado de Especialidad de Avanzado en Lucha Contra Incendios a los Capitanes y Oficiales de puente y de máquinas de buques mercantes, así como a los tripulantes de buques tanques que deban estar en posesión del Certificado de Familiarización en buques petroleros y quimiqueros o del Certificado de Familiarización en buques gaseros.

  • La duración del curso es de 24 horas, de las cuales, 12 horas son de contenido teórico y 12 horas de contenido práctico. El curso es presencial. Sólo se permite falta de asistencia del 10% de la horas teóricas. La parte práctica deberá completarse en su totalidad.

  • El Certificado de Especialidad de Avanzado en Lucha Contra Incendios tendrá una validez de 5 años y contendrá la fecha de caducidad.​​

  • Para que el certificado no caduque, es importante realizar la renovación del mismo en cualquier capitanía marítima y antes de la fecha de caducidad. Para renovar el Certificado de Especialidad de Avanzado en Lucha Contra Incendios es necesario cumplir con alguno de los siguientes requisitos:

    • Tener 3 meses de embarque en el último año del título, realizando labores relacionadas con el mismo.

    • Tener 1 año de embarque en los 5 años del título, realizando labores relacionadas con el mismo.

  • Una vez caducado el Certificado de Especialidad de Avanzado en Lucha Contra Incendios, habrá que realizar un Curso de Actualización de 8 horas de duración, sin necesidad de realizar el curso completo de nuevo.

  • El programa se ajusta a la Resolución Oficial de 18 de Junio de 2013 (Enmiendas de Manila 2010), de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que actualizan y modifican los cursos de formación y sus programas, recogidos en la Orden FOM/2296/2002 de 4 de septiembre, en cumplimiento con el Convenio STCW 78/95.

Precio: 370 €

Información de interés

  • Este certificado tendrá una validez de 5 años.

  • Homologado por la Dirección General de la Marina Mercante (DGMM)

  • Regulado por el Convenio Internacional STCW, sobre normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar

  • Enlace a la Orden FOM/2296/2002, de 4 de septiembre

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